Resumen
Las regalías, definidas como la contraprestación económica que recibe el Estado
por la explotación de recursos naturales no renovables, constituyen un instrumento
financiero para el desarrollo socioeconómico de las entidades territoriales a través
de la transformación de éstos recursos, la descentralización y el incentivo a la
inversión 1
. Por ejemplo, Hernández (2004) sostiene que para algunos
departamentos y municipios las regalías representan alto porcentaje dentro de los
ingresos, como es el caso de La Guajira, Casanare, Arauca y Meta, por mencionar
algunos de los principales productores que han elevado el PIB departamental y
han abierto posibilidades de inversión a escala nacional.
La destinación de los recursos de regalías se encuentra definida en las leyes 141
de 1994, 756 de 2002 y la 1283 de 2009; en la primera se estipula que aquellas
entidades territoriales que reciben estos recursos deben atender y privilegiar a
cuatro sectores específicos: educación, salud, saneamiento básico y mortalidad
infantil.
Cartagena de Indias, en su condición de municipio portuario, recibe regalías
directas por concepto de transporte, cargue y descargue de petróleo y sus
derivados; los recursos que recibe la ciudad por este concepto deben destinarse a
la inversión de proyectos prioritarios que, a su vez, van dirigidos de manera
especial a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad con el objetivo de
mejorar la calidad de vida de estas personas.