Abstract
En los sistemas de seguridad social existentes en el mundo se ha estimado que
las cargas y responsabilidades familiares, si bien no pueden considerarse
propiamente una contingencia, requieren protección especial; en cuanto el
cuidado de la familia es una necesidad social que implica costos significativos
para los ciudadanos y el estado como tal.
Ha surgido entonces, con distintos matices y grados de protección en las
legislaciones, la prestación denominada “asignaciones familiares” que, como su
nombre lo denota, consiste en asignar al afiliado del sistema unos beneficios en
relación con sus cargas y responsabilidades familiares, entre las que figuran
beneficios como el subsidio familiar por hijos a cargo, subsidios a la permanencia
de la madre en el hogar, subsidios alimentarios, programas sociales para la
familia, etc.
En el panorama iberoamericano, desde antes de las reformas estructurales de la
seguridad social de las últimas dos décadas del siglo XX, sólo tres países
(Colombia, Chile y Argentina) tenían confiado el régimen de asignaciones
familiares a entidades especializadas, distintas de las del sistema de seguridad
social general. En Colombia, las “cajas de compensación familiar”, constituidas
legalmente como corporaciones de derecho privado, han venido cumpliendo esta
función de gestión en los términos establecidos por la legislación del sistema.
(Arenas Monsalve, 2003)