Resumen
La prestación de los servicios públicos, en especial el de la energía eléctrica en las zonas
rurales, cumple ante todo con una función social en beneficio del hombre del agro y por
consiguiente el estado tiene la obligación de seguir impulsándola, tal como lo establece el
artículo 365 de la C.N., por ser pieza fundamental para el desarrollo y contribuir a lograr el
bienestar económico, social y político del país. La prestación de servicio en estas regiones
plantea un dilema, pues por una parte, la dispersión de los usuarios y sus bajos niveles de
consumo y por otra los altos costos de inversión, financiamiento, operación y
mantenimiento del sistema y comercialización del servicio, la hacen poco atractiva
financieramente, en la mayoría de los casos, mientras que su alto potencial de beneficios
por su uso productivo a nivel residencial, comunal, regional y nacional la hacen
económicamente importante de considerar.
La Ley Eléctrica y la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, definen un nuevo marco
regulatorio para el sector eléctrico, estableciendo reformas en la gestión de las empresas
eléctricas, con el fin de que sean manejadas con base en principios administrativos eficaces
y eficientes, tendientes a cumplir con los objetivos sectoriales, además de su autonomía
para que puedan ser constituidas o transformadas en sociedades accionarias. Por lo anterior,
se hace necesario que se miren con esta óptica, las estrategias de conformación ,
planificación y programación de estas empresas en las zonas rurales del país.